¿cómo funciona la ley de urgencia en la red pública y privada?

Existen dos tipo de urgencias dentro de la salud en Chile, simples y complejas, pero esta última puede ser una urgencia impostergable, ya que está en riego la vida de la persona o la perdida de algún órgano vital del cuerpo, o extremidad. Para este tipo de casos existe la Ley de Urgencias de salud, establecidas por la ley.
Qué significa esto; cualquier persona que tenga una urgencia de riego, como se mencionó anteriormente, tiene todo el derecho a recibir atención inmediata en la clínica o servicio de urgencia más cercano al lugar en el que se encuentre. Ya sea una entidad pública o privada, según lo informa y especifica la Superintendencia de salud.
La Institución de salud, no puede bajo ningún motivo, negar la prestación médica al paciente. Tampoco exigir algún medio de pago, o garantía frente a la situación de emergencia. Ya que se trata de una urgencia grave o riesgo vital de la persona.
Esta condición de gravedad será diagnosticada por el médico cirujano jefe del centro asistencial, quien acredite y certifique la situación del paciente bajo la ley de urgencia. Ya sea en un centro médica público o privado.
¿Cómo funciona la Ley de Urgencias para los beneficiarios de FONASA?
Sí eres Fonasa, idealmente debes acudir a un centro de salud público, según lo establece la ley. Si dada la circunstancia de urgencia vital se atiende fuera de la red pública de salud, y es atendido en una centro médico o clínica privada, se deberá gestionar por parte de Fonasa el traslado o rescate del paciente a una establecimiento de la red pública de salud. Una vez que el paciente sea estibilizado de la urgencia, y de acuerdo con la disponibilidad de camas que tenga la entidad, el paciente deber ser trasladado de forma seguro a su red de prestador público.
¿Cómo funciona para los beneficiarios de Isapres?
Para los afiliados a Isapres, le ley indica que deberían acudir idealmente a las clínicas y establecimientos señalados como preferentes en su plan de salud.
En el caso de existir una urgencia vital y el paciente es atendido en otro centro médicos de salud, que no sea su preferente. Un representante del paciente debe dar aviso inmediato a la Isapre, para que esta gestione de forma rápida y oportuna el traslado al establecimiento de la red preferente que le corresponda.
Será un médico cirujano quien diagnostique y certifique la gravedad de la urgencia, y este mismo quien otorgue el alta médica para ser trasladado a su clínica de preferencia, a través de la gestión de su Isapre.
✅ IMPORTANTE DE SABER
“Los prestadores no pueden negar la atención de salud, ni exigir un cheque, pagaré, u otro documento o dinero en efectivo en garantía para otorgar las prestaciones”.
En el caso de atenciones de urgencia vital o de riesgo de secuela funcional grave, tanto Fonasa como las Isapres pagan directamente al hospital o clínica las atenciones calificadas como ‘urgencia vital’ o ‘emergencia’ por el médico tratante.
Este tipo de atención no representa gratuidad sino que es un préstamo legal para el pago del costo de la atención. Posteriormente las aseguradoras cobrarán al paciente los copagos respectivos, respecto de los cuales la ley establece un préstamo legal que debe operar de manera automática.
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